DE LOS REQUISITOS
ARTÍCULO 12: Podrán solicitar ser socio de la SPMI aquellos profesionales que:
- Posean título de grado de Médico Cirujano reconocido por las autoridades de la República, con un mínimo de 5 años de graduado;
- poseer Título de Especialista en Medicina Interna, expedido por las Universidades en el territorio de la República, debidamente acreditadas o reconocidas, con programas validados por la SPMI; o Título de Especialista expedidos por Universidades Extranjeras debidamente acreditadas o haber cumplido los requisitos del Curso de Especialista de Medicina Interna organizado por la SPMI, en asociación con Universidades debidamente acreditadas o reconocidas en el territorio de la República;
- ser propuesto por dos socios activos de la SPMI;
- completar el formulario correspondiente.
La Comisión Directiva estudiará los antecedentes y será aceptado por simple mayoría de votos de sus miembros. La Comisión Directiva podrá rechazar la solicitud en resolución fundada y su decisión será apelable ante la Asamblea General Ordinaria.
ARTÍCULO 13- Los Médicos graduados antes del año 1988, en ejercicio activo de la medicina interna, o aquellos cuyas especialidades estén relacionadas con la medicina interna, habiendo cumplido al menos un año de residencia en la especialidad de Clínica médica, podrán solicitar su incorporación a la SPMI presentando su Currículum ante la CD.
La decisión de la CD sobre la admisibilidad será inapelable, el mismo candidato podrá solicitar nuevamente su admisión una vez superadas las causales que motivaron el rechazo.
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